Aprovechando que la seño está
sentada en su escritorio, revisando la actividad realizada por uno de sus
compañeros de clases, Pedro se toca el bolsillo derecho de su sudadera, y no
siente su reproductor mp5. ”Hey, me robaron”, exclama mentalmente. Revisa el bolsillo
izquierdo, busca entre su maletín y no encuentra nada. Dirige su mirada hacia
donde está la profesora y dice con voz fuerte: Seño, me robaron mi reproductor.
Muchos recuerdos llegan a su memoria. Recuerda que quería escuchar a toda hora
su música favorita. Un día le pidió a su mamá que le regalara un reproductor de
música. “Mami como ya te entregaron mi boletín y salí bien en todas las
materias, regálame un mp5”, alcanzó a decir con voz tímida pero decidida. La
mamá, pensó que era una bonita oportunidad para motivarle por su buen desempeño
académico, no lo dudó un instante y se lo compró. Los temores también llegaron,
se acordó que los profesores le decían que no podían llevar objetos de valor a
la escuela…, su mamá le recomendó que lo cuidara. Qué hacer?, el reproductor había desaparecido.
Historias como estas se
presentan en las aulas de clases con más
frecuencia de la que imaginamos. Se Pierden celulares, cámaras fotográficas,
útiles escolares, libros, dinero, entre otros. El niño o joven que le quita la merienda al otro. El pequeño que discute con uno más grande y
busca al primo o al compañero de la misma talla o más grande para que pelee por
el y lo defienda. Burlas con comentarios vulgares por fotos publicadas en
Facebook. El joven que lleva en su morral una navaja. Por la tendencia
generaliza de hablar en masculino, se menciona al niño o al joven, pero este
tipo de conductas también se presenta en
mujeres. Las niñas que pelean en recreo, porque una de ellas habló mal de la
otra. La escuela es una célula de la sociedad, que refleja la interacción entre
las personas.: En ella se ven cosas malas como violencia, mal trato, robos,
vicio, pero también cosas interesantes; buen trato, estímulos, buenas prácticas
convivenciales. En fin, está conformada por personas en proceso de formación y
otras ya formadas, de carne y hueso con sus temores, frustraciones, expectativas,
logros y deseo de superación.
Le corresponde a la familia y a la
escuela participar activamente en la solución de esta problemática. La familia
como elemento natural y fundamental de la sociedad y la escuela en su papel de
formadora para la vida y generadora de pasión por vivir. En esta oportunidad, como
lo sugiere el título del artículo, se analiza y propone la intervención que
debe hacer la escuela para manejar las situaciones que se presenten. Posteriormente
en otro artículo, se hablará del papel e intervención de la familia.
La Ley 115 de 1994, facultó a las
instituciones educativas para elaborar un reglamento o manual de convivencia, acorde
a la constitución política, en el cual se definan los derechos y deberes u obligaciones
de los estudiantes, se establezcan los mecanismos para garantizarles el
ejercicio efectivo de sus derechos, prevenir su vulneración o amenaza y
restablecer los derechos violados. También, en caso del incumplimiento de
deberes, abuso o extralimitación de derechos y la incurrencia en prohibiciones,
se establecen las acciones preventivas y/o correctivas del caso, aplicando las
sanciones pertinentes, garantizándoles el debido proceso, en concordancia con
el Artículo 26 de la Ley de Infancia y adolescencia, dándoles a las sanciones
un sentido formativo y educativo, en procura de resaltar la importancia del cumplimiento
de normas.
La Ley 1620 de 2013, y su Decreto
reglamentario 1965 crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación
para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, mediante la utilización de dos
herramientas básicas: i) el Sistema de Información Unificado de Convivencia
Escolar y ii) la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus
protocolos de atención.
Actualmente cada institución
educativa tiene un manual de convivencia, por mandato de la Ley 115, que debe
adecuar con los lineamientos establecidos en la Ley 1620. Lo primero que debe
hacer la escuela es integrar el Comité Escolar de Convivencia para realizar las
adecuaciones al Manual de Convivencia, con la participación conjunta de
docentes, padres de familia y estudiantes. En los manuales de convivencia están
establecidos un conjunto de normas y las disposiciones adoptadas por el
Consejo Directivo de la Institución para establecer de forma clara e inequívoca
los deberes, derechos, prohibiciones, obligaciones, estímulos, sanciones procedimientos
y competencias para aplicar estas sanciones y distinciones.
No se puede perder de vista que en la
escuela se presentan problemas de convivencia, pero también se están
presentando situaciones de comisión de delitos comunes, como se mostró
anteriormente. A los dos aspectos se les debe prestar la debida atención y
realizar las intervenciones pertinentes de acuerdo a la Ley. Se debe hacer diferencia entre convivencia y
disciplina, para el manejo de cada situación presentada, también es necesario
definir que existen instancias de dirección y ejecución. La instancia de
dirección debe estar en cabeza del Comité Escolar de Convivencia y la ejecución
en el Coordinador de Convivencia o Talento Humano.
Una vez adecuado el Manual de
Convivencia se socializa con cada uno de los estamentos, enfatizando en la
importancia de su aplicación para generar una cultura de disciplina preventiva
que permita a los estudiantes pensar antes de actuar, es decir que los lleve a
prever las consecuencias de sus actos y analizar que les conviene hacer o no
hacer. Para esto último es necesario
llevar un registro actualizado de los casos presentados y las acciones
tomadas.
Es importante manejar un lenguaje
jurídico en cada actuación, que los niños, niñas y jóvenes sientan que son
sujetos de derechos, que la escuela establece mecanismos necesarios y
suficientes para garantizarles el efectivo ejercicio de sus derechos, que
previene su vulneración o amenaza y que restablece los derechos violados.
También que son sujetos de deberes y que existen comportamientos inapropiados
llamados faltas disciplinarias y que ante la comisión de ellas puede recibir
una sanción. Que existen unos procedimientos y competencias para aplicarlas y
que pueden ser llamados para responder por esos actos inapropiados,
escuchándoles en declaraciones libres y espontaneas, que existen cargos en su
contra y que pueden presentar pruebas para controvertirlas, que se lleva un
expediente, que existe una decisión administrativa declarándolo inocente o
culpable de un hecho inapropiado, que existe un fallo, que puede ser asistido
por el personero estudiantil, que su mamá o papa debe estar presente si le
sanciona, entre otros.
Como manejar los casos de indisciplina o de comisión de faltas de los
estudiantes?
La escuela debe aproximarse al
sistema judicial ordinario, tomando elementos de éste para manejar los casos de
indisciplina o de comisión de faltas. En el Manual de Convivencia deben estar
claras las sanciones, los procedimientos y competencias para aplicarla,
resaltando que las sanciones tiene un carácter formativo y educativo, en
procura de generar cultura en el cumplimiento de normas, para que el estudiante
desarrolle la competencia de pensar antes de actuar; analice las posibles
consecuencias que sus actos le generarían y con base en ello, toma la decisión
correcta. La figura de un Juez Escolar se hace necesaria, para que administre
la justicia en la escuela; esta designación puede recaer en el Coordinador. Los
casos de conflictos pueden manejarse a través de la conciliación. Las peleas
que generen lesiones personales o daños
materiales, tendrían una sanción y una conciliación.
Se establecen las sanciones, por
ejemplo: Amonestación verbal, Amonestación escrita, Suspensión temporal,
Permanencia condicionada y Cancelación de matrícula. Se define que su aplicación es de carácter progresivo y
secuencial, resaltando que la secuencia puede iniciarse o continuarse con cualquiera, dependiendo de la levedad o
gravedad de la falta cometida. Es
competencia de los docentes de las distintas asignaturas la aplicación de la
Amonestación verbal y anota la novedad en el Registro de Aula. Le corresponde al Director de Grupo la
aplicación de la Amonestación escrita, por varias amonestaciones verbales,
registrándola en el Libro del Seguimiento convivencial y refrendándola con su
firma y la firma del estudiante sancionado. En los casos anteriores, el proceso
disciplinario se inicia de oficio, pero también se puede presentar por queja de
un estudiante o un padre de familia o cualquier docente. La queja se instaura
ante el coordinador, quien investiga, cita a los implicados, notifica cargos, recibe
declaraciones libres y espontaneas, recibe
descargos y pruebas y toma la decisión
de inocencia o culpabilidad del acusado en el hecho investigado. Si se
demuestra culpabilidad, aplica las sanciones Amonestación escrita, Suspensión
temporal o Permanencia condicionada, valorando los criterios para aplicar
sanciones, atenuantes y agravantes. La
decisión se registra en el Libro de Seguimiento convivencial y se refrenda con
la firma del estudiante, padre de familia, director de grupo y coordinador. Es
competencia de la rectoría la aplicación de la sanción Cancelación de
matrícula, mediante resolución motivada, previa remisión del caso y soportes de
coordinación mediante un oficio. La resolución debe decir que contra ella
proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación.
El proceso disciplinario llevado
así, ofrece garantías procesales y hace un aporte significativo en la formación
integral de los estudiantes, preparándolos activamente para la vida, generando
en ellos sentido de responsabilidad y confianza en los padres de familia que
sus hijos e hijas están en buenas manos.
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